Fundamento de la responsabilidad precontractual. Reparación del daño al interés negativo: alcance. Estructura del ilícito precontractual
La obligación de indemnizar los daños derivados de la infracción a un deber jurídico, es la consecuencia del acaecimiento de un hecho ilícito, que genera la responsabilidad civil del agente.
Tanto el incumplimiento obligacional como la amplia órbita de la responsabilidad extracontractual, que abarca los delitos y cuasidelitos en general, y toda violación del alterum non laedere, incluyendo en particular, la
frustración injusta de tratativas precontractuales, son hipótesis de actos ilícitos. En todos los casos, el Derecho reacciona a través de la indemnización de daños y perjuicios. De allí que la estructura de todas esas hipótesis, por razones de unidad, contengan los mismos elementos o requisitos.
A continuación los examinaremos tal como se presentan en materia de responsabilidad precontractual.