1. Introducción
El presente trabajo tiene por finalidad presentar los posibles cruces entre el principio de autonomía progresiva y la nueva legislación civil y comercial; es decir, enumerar, sin pretensiones de agotar todas las situaciones posibles, qué actos pueden realizar las personas menores de edad: a) por sí solas, b) con el asentimiento de uno de sus progenitores, c) con el de ambos y d) en su defecto, dada la subsidiariedad de la injerencia estatal, con la intervención del Ministerio Público, de conformidad con las facultades otorgadas en el ámbito extrajudicial o judicial por el art. 103 del Código Civil y Comercial (en adelante CCyC).
Sábado 08 Feb, 2020
PRINCIPIO DE AUTONOMÍA PROGRESIVA EN EL CCyC. REGLAS PARA SU APLICACIÓN. Por Aída Kemelmajer de Carlucci, Marisa Herrera, Eleonora Lamm y Silvia E. Fernández