El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación acorta los plazos de prescripción liberatoria, sentando como principio genérico un plazo de cinco años, excepto que esté previsto uno diferente en la legislación local (art. 2560)
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación acorta los plazos de prescripción liberatoria, sentando como principio genérico un plazo de cinco años, excepto que esté previsto uno diferente en la legislación local (art. 2560)