El Código Civil y Comercial argentino ha incorporado una tercera fuente filial, derivada por el uso de las técnicas de reproducción humana asistida, en adelante TRHA, en forma independiente y autónoma de las ya conocidas -por naturaleza y adopción-, en atención a las propias particularidades y características que detenta su uso (sobre todo en los supuestos de las técnicas heterólogas, es decir con el aporte de un donante).